Nos disponemos a desarrollar acerca de la importancia e influencia que tiene la sociología sobre el derecho, especialmente la conocida sociología jurídica, que se encarga de estudiar el vínculo que existe entre el derecho y la sociedad, verificando la eficacia de la aplicación de las normas jurídica a la sociedad y la necesidad de modificarlas, reemplazarlas lo crear nuevos cuerpos normativos.
Nuestro argumento contiene algunos ejemplos que hemos considerado oportunos para ilustrar la manera en que la sociología se inmiscuye en los temas jurídicos, a fin de ofrecer su aporte acerca de los comportamientos sociales y su evolución.
Aspectos generales de la sociología
Antes de pasar a describir los ejemplos en los que consideramos cobra importancia la sociología dentro del desarrollo y aplicación del derecho, vamos a brindar algunos detalles acerca del significado y alcance de esta disciplina científica.
El radio de acción de la sociología es bastante amplio y eso provoca que muchas veces sea complicado encontrar un concepto que abarque todo lo que conlleva la sociología como herramienta auxiliar del derecho.
Una definición precisa y completa que consideramos oportuna para ilustrar nuestro contenido es la que nos ofrece Antony Giddens (2006) en su Manual de Sociología:
La sociología es el estudio de la vida social humana, de sus grupos y sociedades. Es una empresa cautivadora y atrayente, al tener como objeto nuestro propio comportamiento como seres sociales. El ámbito de la sociología es extremadamente amplio, y va desde el análisis de los encuentros efímeros entre individuos en la calle hasta la investigación de procesos sociales globales como el aumento del fundamentalismo islámico (Giddens, 2006).
Vemos que esta es una definición en un lenguaje comprensivo, que nos lleva a entender que la sociología básicamente se enfoca en el estudio del comportamiento de los seres humanos en su entorno social, esto sin duda genera una fuente de información importante para el desarrollo del derecho, toda vez que, lo que se regula a través de las normas son las conductas humanas, a fin de intervenir en las relaciones entre los particulares y el Estado; así como las relaciones o conflictos que puedan surgir entre particulares, con el objetivo de conservar y garantizar la paz social, el bienestar común y el orden público.
Algunos expertos han considerado que el nacimiento de la sociología surge en un principio para estudiar de manera científica y rigurosa las cuestiones sociales, para luego crear una ciencia específica de la sociedad a largo plazo.
En momentos de debate o conflicto social, la experta opinión de los sociólogos es escuchada con atención, ya que son ellos los que cuentan con las capacidades de comprender las razones y consecuencias de una determinada situación social.
A continuación, vamos a ofrecer dos ejemplos en los que consideramos que la sociología ha intervenido para apoyar con la creación y modificación de nuestro ordenamiento positivo.
Ley 21 de 20 de marzo de 2018, que reforma artículos del Código Penal relacionados con delitos sexuales.
Esta ley nace de un clamor ciudadano para que se endurezcan las normas que rigen sobre los delitos Contra la Libertad y la Integridad Sexual, pues la población venía percibiendo que la intervención del Estado era demasiado endeble sobre aquellos sujetos que cometían actos ilícitos de índole sexual con menores de edad, siendo beneficiados con medidas alternativas a la pena de prisión, lo que los inhibía de que pagaran con cárcel su delito.
Esta ley endureció las penas para los delitos de violación, corrupción de menores de edad, pornografía, entre otros; enfocándose especialmente en aquellos delitos cometidos en perjuicio de menores de 14 años de edad. También se excluye a los delincuentes que han sido sancionados por delitos contra la libertad y la integridad sexual en perjuicio de una persona menor de 14 años de edad, a recibir el beneficio de sustitución de la pena de prisión por trabajo comunitario, suspensión de la ejecución de la pena o reemplazo de penas por días multa; todo esto implica que la persona encontraba como responsable de este tipo de delitos tenga como destino el castigo con pena de prisión.
Sin duda que para producir esta ley que modifica artículos del Código Penal, fue necesaria la conformación de un equipo multidisciplinario en donde participaron abogados, criminólogos y, por supuesto, sociólogos, quienes aportaron desde cada una de sus áreas de conocimiento los datos necesarios para que el legislador pudiera estructurar la ley y lograr que fuese sancionada por el Ejecutivo y posteriormente publicada en Gaceta Oficial para convertirse en Ley de la República.
Para que el Estado se plantee la idea de incrementar las penas como medida necesaria para disminuir los delitos, es necesario que se consideren múltiples factores que deben ser estudiados y analizados desde distintas perspectivas, por tanto, nos dice González (2016) en su tesis sobre ‘El endurecimiento de las penas y su relación con la disminución de la criminalidad’, que en esta tarea “no sólo interviene el Derecho, sino también, la Sociología, la Pedagogía, Psicología Jurídica y Social, por mencionar algunas, en cuanto que los diversos factores se van concatenando hasta provocar consecuencias inmanejables” (Recuperado de: https://bit.ly/3RjwvrX).
Terragami (2012) también se refiere al delito y su impacto en la sociedad de la siguiente forma:
El delito es la lesión de los sentimientos altruistas fundamentales de piedad y probidad, según la medida en que son poseídos por la comunidad y en la medida en que son indispensables para la adaptación del individuo a la sociedad (p. 109).
De esta idea se desprende también la importancia del estudio de los eventos y fenómenos sociales, para entender de mejor manera cómo debe reaccionar el Estado a través del derecho penal para garantizar la seguridad ciudadana y el bienestar común; lo cual se logra fundamentalmente a través de la sociología.
Ley 268 de 30 de diciembre de 2021, que modifica artículos del Código Judicial, relativos a la asistencia legal y al patrocinio procesal gratuito
El patrocinio procesal gratuito desde hace tiempo necesitaba una modificación a las normas que lo regulan, toda vez que anteriormente el artículo 1446 del Código Judicial contemplaba los siguientes requisitos para poder optar por un patrocinio procesal gratuito:
- Que sus ingresos no superaran los B/.5,000.00 anuales; y
- Que los bienes que tenga a su nombre no superen los B/.5,000.00.
Estas reglas evidentemente provocaban que muy pocas personas pudieran aplicar para un patrocinio procesal gratuito, ya que la mayoría ostenta ingresos que superan los B/.5,000.00 anuales y los bienes inscritos en el Registro Público generalmente superan los B/.5,000.00; es por eso que se empezó a desarrollar un estudio sobre esta situación y se presenta esta iniciativa legislativa que se materializa finalmente el 30 de diciembre de 2021, en donde se modifica el artículo 1446 del Código Judicial, quedando de la siguiente forma:
Artículo 1446 del Código Judicial, modificado mediante Ley 268 de 2021:
Todo el que necesite promover o seguir un proceso, incluyendo los procesos de sucesión de menor cuantía, para la efectividad de un derecho que no haya adquirido por cesión o tenga que defenderse de un proceso que se le haya promovido tendrá derecho a patrocinio procesal gratuito si reúne las condiciones siguientes:
1. Que no alcance a ganar el equivalente a doce salarios mínimos al año, ya sea del producto de sus bienes y/o del producto de su industria, profesión o trabajo;
2. Que los bienes inmuebles que tenga no alcancen un valor de veinte mil balboas (B/.20,000.00), y
3. Que sus bienes no destinados para la vivienda no alcancen un valor de diez mil balboas (B/.10,000.00).
Podemos observar que la modificación es mucho más flexible que las antiguas condiciones, en este caso, el primer punto fluctúa según el salario mínimo, lo cual lo hace adaptable a los cambios que pueda experimentar la clase asalariada en cuanto a los ingresos que percibe y permitir que este grupo de personas que cuenta con ingresos limitados, pueda aplicar para un patrocinio procesal gratuito.
En este tipo de modificaciones a la norma se apoyan en estudios realizados sobre la sociedad, toda vez que las antiguas normas limitaban a que personas de escasos recursos pudieran entablar sus demandas ante las dependencias jurisdiccionales al no contar con la suficiencia económica para contratar los servicios de un abogado. Esta nueva ley abre el compás para que muchos más se puedan beneficiar de los servicios que brinda el Instituto de la Defensoría de Oficio y su cuerpo de abogados públicos.
Consideraciones finales
El desarrollo de este ensayo, en el que hemos iniciado dando un breve pantallazo acerca del campo de estudio de la sociología, nos permitió en primer momento entender en qué consiste la sociología y qué puede aportar al derecho. En tal sentido, al tener la sociología a la sociedad como principal elemento de estudio, indudablemente puede ofrecer información de valor a los estudiosos del derecho y al legislador, para que el derecho no pierda la eficacia del control social que debe procurarse en todo momento.
Es por eso que somos del criterio que los juristas deben conocer al menos los aspectos básicos de la sociología, a fin de establecer una empatía con esta ciencia y que de esta manera se pueda crear un vínculo estrecho entre la sociología y el derecho.
Los ejemplos que hemos invocado en nuestro trabajo, revelan la influencia que tiene la sociología en la mayoría de las decisiones legislativas, la cual, en conjunto con la criminología, constantemente aportan datos de valor para la creación, modificación o reemplazo de nuestro ordenamiento positivo.
Bibliografía
- Giddens, A. (2006). Manual Sociología. Alianza Editorial, S.A.
- González, L. R. (2016). El endurecimiento de las penas y su relación con la disminución de la criminalidad. Obtenido de Universidad Empresarial: https://bit.ly/3RjwvrX
- Terragami, M. (2012). Derecho Penal. Parte General. Santa Fé: Editorial Universidad Nacional del Litoral.
- Ley 268 de 2021. Que modifica artículos del Código Judicial, relativos a la asistencia legal y al patrocinio procesal gratuito. 30 de diciembre de 2021. Gaceta Oficial N° 29445-E de 30 de diciembre de 2021.
- Ley 21 de 2018. Que reforma artículos del Código Penal. 20 de marzo de 2018. Publicada en Gaceta Oficial N° 28487-B de 20 de marzo de 2018.